Regístrate gratis¡Bienvenido a mundodvd! Regístrate ahora y accede a todos los contenidos de la web. El registro es totalmente gratuito y obtendrás muchas ventajas.
Blu-ray, DVD y cine en casa
Regístrate gratis!
Registro en mundodvd
+ Responder tema
Resultados 1 al 11 de 11

Tema: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

  1. #1
    aprendiz
    Fecha de ingreso
    25 may, 05
    Mensajes
    31
    Agradecido
    0 veces

    Predeterminado Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Hola a todos.

    En noviembre compré un televisor plasma de 42" de Sansung (42C450) en Worten. Hasta hace un par de semanas todo bien (excepto el dichoso zumbidito que escuchas por las noches cuando estás en silencio). Sin embargo de repente se oyó un chasquido y la imagen desapareció. Fui a Worten de mi localidad a reclamar que, al estar dentro de los 6 primeros meses de garantía y si la reparación era más cara que el coste del producto nuevo, según la Ley de garantías de 2003 (luego sustituida por otra ley orgánica en 2007), tenía derecho a elegir entre reparación o sustitución por una unidad nueva. La chica de atención al cliente me decía que ella no sabía que ley era esa y que nunca cambiaban productos pasados 15 días desde la fecha de compra. Como vi que allí no me hacían ni caso decidí llamar a atención al cliente de Worten, allí me dijeron que el servicio técnico valoraría si era más costoso reparar o dar una unidad nueva, parecía que había algo de esperanza.

    Obviando detalles para no aburrir a nadie, ahora, en el servicio técnico de Samsung me dicen que están a la espera de cambiar el panel que se ha roto, y que ni hablar de cambios de producto, que todo es reparable. Le dije que el panel era mucho más caro que el producto nuevo (449 euros) y que tenía derecho a elegir un reemplazo, el tío me dijo que ni de coña.

    Estas cosas me causan una gran impotencia, claramente se pasan la ley por el forro y les da igual. Y veremos si no aparece mi tele reparada con arañazos en el marco o con otros problemas que antes no tenía.

    Es vergonzosa la actitud de WORTEN y SAMSUNG.

    Por lo menos me desahogo contando el caso para que todos sepan como se las gastan estos pájaros.

    Un saludo
    Pablo

  2. #2
    maestro Avatar de Titanio
    Fecha de ingreso
    07 feb, 10
    Ubicación
    Alginet (Valencia)
    Mensajes
    1,412
    Agradecido
    842 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    De donde has sacado que tendro de los 6 primeros meses puedes descambiar un producto si presenta un defecto?
    Es como el derecho de desistimiento... Que lo hagan C4, El tajo, Fnac, etc es una postura propia de la compañía, no un derecho del consumidor... Pero la gente lo tiene tan inculcado en la cabeza que lo da por hecho...

    Para resumir:
    No, no tienes derecho a un descambio si el aparato se estropea dentro de los 6 primeros meses y no, no tienes derecho a un devolver el producto dentro de las 2 primeras semanas.

    He dicho DERECHO, no que sea posible, en función del centro donde efectúas tus compras.
    Última edición por Titanio; 22/04/2011 a las 03:30

  3. #3
    aprendiz
    Fecha de ingreso
    25 may, 05
    Mensajes
    31
    Agradecido
    0 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Cita Iniciado por Titanio Ver mensaje
    De donde has sacado que tendro de los 6 primeros meses puedes descambiar un producto si presenta un defecto?
    Es como el derecho de desistimiento... Que lo hagan C4, El tajo, Fnac, etc es una postura propia de la compañía, no un derecho del consumidor... Pero la gente lo tiene tan inculcado en la cabeza que lo da por hecho...

    Para resumir:
    No, no tienes derecho a un descambio si el aparato se estropea dentro de los 6 primeros meses y no, no tienes derecho a un devolver el producto dentro de las 2 primeras semanas.

    He dicho DERECHO, no que sea posible, en función del centro donde efectúas tus compras.
    ¿Te has leído la Ley al respecto?. Creo que no, porque si la conocieras sabrías que en determinadas circunstancias tienes derecho a elegir entre reparación o cambio de producto.

    Antes de meter la pata mejor te informas un poco, ¿no crees?.


    Un saludo
    Pablo

  4. #4
    maestro Avatar de Titanio
    Fecha de ingreso
    07 feb, 10
    Ubicación
    Alginet (Valencia)
    Mensajes
    1,412
    Agradecido
    842 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Cita Iniciado por pablomr_ Ver mensaje
    Antes de meter la pata mejor te informas un poco, ¿no crees?.
    Lo dejamos ahí porque estoy casando de siempre estar diciendo lo mismo a gente que interpreta los textos como le da la (real) gana.

  5. #5
    aprendiz
    Fecha de ingreso
    25 may, 05
    Mensajes
    31
    Agradecido
    0 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Cita Iniciado por Titanio Ver mensaje
    Lo dejamos ahí porque estoy casando de siempre estar diciendo lo mismo a gente que interpreta los textos como le da la (real) gana.
    Tal vez si no entraras a cuchillo con esa arrogancia no tendrías estas respuestas.

  6. #6
    El Gran Lebowski Avatar de El Nota
    Fecha de ingreso
    16 abr, 05
    Ubicación
    Roquetas de Mar (Almería)
    Mensajes
    7,335
    Agradecido
    3666 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Un poco de luz sobre la Ley sobre garantías en la venta de bienes de consumo:

    ...4.º ¿Qué opciones ofrece la ley al comprador ante la falta de conformidad del producto?

    La Ley 23/2003 pone a disposición del comprador varias formas de solicitar el saneamiento del bien adquirido en el caso de no existir conformidad, teniendo derecho a optar el comprador, de forma totalmente gratuita, entre exigir la reparación o la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada, determinándose en la ley las reglas a las que habrá de ajustarse la reparación o sustitución del bien. Del mismo modo, el comprador consumidor tendrá derecho a la rebaja del precio y a la resolución del contrato, que procederán a elección del consumidor, cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución.

    Las acciones de reparación o sustitución se otorgan al consumidor de manera opcional, con el límite de que ninguna de estas dos opciones resulte imposible o desproporcionada, determinándose en el artículo 6 de la ley las reglas a las que habrá de ajustarse la reparación o sustitución del bien, una vez que haya sido ejercitada la acción, como son la gratuidad para el consumidor, la reparación o sustitución en un plazo razonable, la suspensión del plazo de garantía y la reserva de las acciones de rebaja o resolución, para el caso de que la sustitución o reparación no sea conforme. Ha de hacerse constar que no habrá lugar a la sustitución cuando se trate de bienes no fungibles (aquellos que se adquieren por su individualidad, sin que puedan ser sustituidos por otros de idénticas características) o de segunda mano.

    En el supuesto de que no sea posible obtener la conformidad, o cuando hubiere transcurrido un plazo razonable, una vez intentadas las acciones de reparación o sustitución, el consumidor podrá optar entre el ejercicio de las acciones de resolución del contrato, debiendo de hacerse la salvedad de que la resolución del contrato de compraventa no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia, o rebaja del precio, debiendo de tenerse en cuenta que la cuantía de la rebaja del precio debe de ser proporcional a la diferencia existente entre el valor que hubiera tenido el bien de haber sido conforme con el contrato en el momento de la entrega y el valor que el bien efectivamente entregado tenía en el momento de dicha entrega.

    ...6.º ¿Cuáles son los plazos de garantía de los bienes de consumo?

    Uno de los aspectos más importantes y novedosos de la ley es el de la ampliación del plazo mínimo de garantía legal de los bienes de consumo, que pasa de los seis meses que se establecían en la regulación anterior para los bienes de naturaleza duradera a un mínimo de dos años, mientras que para la compraventa de los bienes de segunda mano, se establece un plazo mínimo de un año, entendiéndose la misma efectuada, salvo prueba en contrario, en la fecha que figure en la factura o ticket de compra, o en el albarán de entrega si éste fuera posterior.

    Se establece la presunción de que, salvo prueba en contrario, las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, dándose por supuesto que el problema venía de fábrica, debiendo el vendedor hacer efectiva la garantía, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad, entendiéndose que el tiempo de la garantía quedará en suspenso durante el tiempo que el producto esté en reparación. Ahora bien, transcurridos esos seis meses posteriores a la entrega será el consumidor quien deba demostrar que el fallo viene de origen y que no ha sido provocado por un mal uso del producto.

    Cuando el defecto reparado reaparece pasado el periodo de garantía la ley viene a establecer en su artículo 6.3º, que durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado el vendedor responderá de las faltas que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta cuando se reproduzcan los defectos del mismo origen de los inicialmente reparador, debiendo el consumidor por tanto, para poder hacer efectiva esta garantía de reparación, guardar el comprobante de la reparación y del servicio técnico que en su día reparó el producto.

    El vendedor o productor durante el periodo en que es efectiva la garantía está obligado a hacerse cargo del coste de las piezas, de los desplazamientos, así como del tiempo de reparación, facultándose en todo caso al consumidor, que al margen de exigir la aplicación de la garantía, podrá solicitar, si se le hubieren irrogado, una indemnización por los daños y perjuicios derivados de la avería y del tiempo de reparación.

    Se viene a establecer una obligación importante para el consumidor el cual deberá de informar al vendedor o productor de la falta de conformidad del producto en el plazo máximo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella, estableciéndose que salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor ha tenido lugar dentro del plazo establecido.

    Durante los dos años de garantía, el consumidor deberá de poner en conocimiento del vendedor la falta de conformidad del bien, siempre dentro de los dos meses desde que ha tenido conocimiento de ello, pero dispondrá de un plazo de tres años, entendidos desde la fecha de la entrega, para ejercitar las acciones legales oportunas...
    Fuente: Javier López y García de la Serrana (Abogado)

    Saludos, El Nota.
    mauro33 ha agradecido esto.

  7. #7
    aprendiz
    Fecha de ingreso
    25 may, 05
    Mensajes
    31
    Agradecido
    0 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Cita Iniciado por El Nota Ver mensaje
    Un poco de luz sobre la Ley sobre garantías en la venta de bienes de consumo:






    Fuente: Javier López y García de la Serrana (Abogado)

    Saludos, El Nota.


    Gracias El Nota por poner la información para que todo el mundo pueda conocer lo que dice la Ley, como se puede observar es un tanto ambigua y no se deduce de forma expresa que tenemos derecho a una unidad nueva por defecto, en los seis primeros meses. Lo que pasa es que cuando el coste del equipo es muy bajo (ahora está en 399 euros el televisor en cuestión) y la reparación es mucho más cara que el equipo nuevo pues es un sinsentido proceder a su reparación cuando el cliente prefiere el reemplazo.

  8. #8
    freak Avatar de powerin
    Fecha de ingreso
    12 mar, 06
    Mensajes
    606
    Agradecido
    54 veces

    Predeterminado Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Lo único que te puedo decir, es que cualquier tipo de reclamación que puedas efectuar, bien al sat, bien a Worten la hagas siempre, siempre por escrito, y si puedes con indicaciones de los artículos sobre ley de garantías. ya verás como así te van a contestar de diferente manera.

    Un saludo y suerte.
    la cosa está muy mala, espero que no se ponga peor

  9. #9
    recién llegado
    Fecha de ingreso
    25 may, 13
    Mensajes
    1
    Agradecido
    0 veces

    Predeterminado Re: Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    hola a todos
    Yo también estoy muy decepcionada con worten y samsung
    hace 2 mese me compre un móvil ( samsung galaxy SIII) en worten y ya lo he mandado a reparar 2 veces..
    ayer llame al servicio técnico de samsung para ver que pasaba con mi móvil me dijeron que allí no había constancia de que habían mandado mi móvil arreglar.
    Me acerco a worten y me dicen que la información de a que servicio técnico han mandado el móvil no me pueden dar por protección de datos.
    vuelvo a llamar a samsung por lo que me dicen que esa información están obligados ha dármela para ellos saber donde han enviado el móvil.
    vuelvo a worten y después de estar como dos hora discutiendo con todo los empleados y el director por fin me dicen que el movil se ha mandado a su servicio técnico son nos mentirosos y nos trepas ya que la primera vez que fue me dijeron que mi móvil estaba en el servicio técnico oficial de samsung.
    por lo que ahora estoy hace 25 días sin móvil.
    y ninguno de los dos se responsabiliza del móvil.
    hace 2 mese que me compre el movil y lleva en el servicio técnico lleva mes y medio entre la primera avería y la segunda
    es vergonzoso como se pasan la pelota entre las dos compañía y lo que sufrimos somo los consumidores que no sabes como defenderte ante ellos.

  10. #10
    maestro
    Fecha de ingreso
    08 feb, 08
    Mensajes
    1,034
    Agradecido
    253 veces

    Predeterminado Re: Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Eso es asi,los primeros 15 dias lo cambia la casa oficial y en los primeros seis meses tienes derecho a descambiar y lo debe hacer el comercio.Lo que pasa que como todo,la reparan y punto.
    Pero la ley es esa..y te lo digo por experiencia y por que la ley es asi,si no acudir a una OCU.
    saludos

  11. #11
    habitual Avatar de antfergar
    Fecha de ingreso
    19 may, 13
    Mensajes
    52
    Agradecido
    12 veces

    Predeterminado Re: Respuesta: Decepción con WORTEN y SAT SAMSUNG

    Según la ley la empresa puede elegir entre reparar o cambiar, está muy claro, como ya te ha dicho algún compi.
    Prepago y Contrato: (3GB 6€)(4GB 10€)(11GB 14€) Sólo Contrato: (20GB 21€)
    Todas las tarifas incluyen Reducción de Velocidad + 4G + 0 Cént/min + Voz Digital ilimitada + 200 SMS.
    Copia y pega está invitación en tu navegador. 10 € para ti y 10 para mí.

    https://www.tuenti.com/movil/invitacion/61cvtf

+ Responder tema

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
Powered by vBulletin® Version 4.2.1
Copyright © 2024 vBulletin Solutions, Inc. All rights reserved.
SEO by vBSEO
Image resizer by SevenSkins