Agarraos los machos, porque vienen curvas. O, traducido, lo que era de esperar: que no es oro todo lo que reluce.
La nueva normativa sobre garantías amplía el plazo a cubrir hasta los dos años, sí, pero... ¿de verdad va a ser así?
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Porque la letra pequeña de la ley especifica -atentos- que la sustitución del artículo o el reembolso del importe se hará efectivo sin discusión <span style="text-decoration:underline">sólo durante los primeros 6 meses</span> a contar desde la compra. A partir de ahí, tendrá que ser el comprador el que demuestre que la avería se ha producido por un defecto originario de fabricación. Sí, lo que habéis leído: pasados los 6 meses, si queréis hacer valer vuestra garantía tendréis que recurrir a un peritaje (cuyo costo, es de suponer, correrá de vuestro bolsillo).
No sé si este pequeño matiz estará incluído en el resto de normativas europeas que llevan vigentes desde... ¿enero de 2002?, pero si os pensabais que íbamos a disfrutar de garantías del doble de tiempo que hasta ahora... a mí me da que lo que vamos a tener, de hecho, son garantías de la mitad de tiempo.
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<div style="text-align:center"><span style="color:red;font-family:Arial;font-size:small;">Han dispara primero.</span></div></p>