Por si rantamplan no está disponible, esto es lo que explicó en su momento acerca del certificado: https://www.mundodvd.com/kiosko-y-dv...3/#post2911556
Por si rantamplan no está disponible, esto es lo que explicó en su momento acerca del certificado: https://www.mundodvd.com/kiosko-y-dv...3/#post2911556
Eso es lo que no encuentro.
Trataba de encontrar la ley que lo exigía para ver la reforma y contrastar el motivo de su no exigencia ahora.
Pero tirando de móvil no doy más de mi.
No lo veo. No tengo opinión al respecto hasta que no lea al respecto algo.
Creo que debe referirse al Art. 2º apartado 1 A y al Art. 2º- 2 de la ORDEN de 3 de abril de 1991, de desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 2332/1983. de 1 de septiembre, por el que se regula la venta, distribución y la exhibición pública de material audiovisual.
Art. 2º 1. Para la obtención del certificado de calificación por
edades de la obra audiovisual. a que se refiere el articulo 1.0 del Real
Decreto 2332/1983. de I de septiembre. el interesado, debidamente
inscrito en el Registro de Empresas Cinematográficas del Instituto de la
Cinematograña y de las Artes Audiovisuales, presentará instancia,
ajustada al modelo oficial (anexo 1) a la que se acompañará:
a) Declaración en documento publico acreditativa de los derechos
de explotación videográfica que ostente, con precisión, en todo caso, de
su ámbito temporal y territorial.
b) Copia de la obra o producción audiovisual.
c) Sinopsis del argumento y texto completo de los diálogos y
comentarios en su lengua original. y, en su caso. traducción fiel de los
mismos al castellano.
d) Certificado de nacionalidad del país de producción de la obra
audiovisual o, en su caso. documento acreditativo de la misma.
e) Ficha técnica y artística de la obra audiovisual.
2. Cuando se trate de reproducciones de películas cinematográficas
ya calificadas por el Ministerio de Cultura sólo se presentará el
documento a que se refiere la letra a) del apartado anterior.
http://www.boe.es/boe/dias/1991/05/0...4521-14522.pdf
Última edición por Twist; 27/12/2015 a las 14:41
Creo que se comento que ese primer documento solía consistir en una declaración ante notario y ahí es donde puede comenzar la trampa. Yo declaro que he adquirido los derechos de lo que sea y no se realiza ninguna comprobación, comprobación que como hemos visto puede ser complicada de hacer.
Si ese es el documento, en efecto, lo que se pide (y siempre se ha pedido) es una mera "declaración". En eso no ha habido cambio.
Voy al notario (documento público) declaro que Tiburón es mia, y a funcionar. Claro, que con Tiburón igual no me atrevo luego a sacarla en bd... por si...
Habría que hablarlo con rantamplan, que es el que se conoce profesionalmente cómo funcionaba el asunto, pero el certificado al que él se refería no debe ser esa declaración ante notario porque explicaba:
Se trata de un certificado firmado por el titular de los derechos, normalmente la productora o distribuidora internacional, que se extiende a nombre de quien adquiere los derechos de explotación. En él se especifica tanto el plazo como el territorio. Revisándolo veo que se detalla todo de forma muy precisa, no sólo los formatos, sino (esto lo pone en la parte trasera) qué idiomas se permiten utilizar.
Y en otro post:
Al respecto decir que los certificados aparte de estar firmados por la productora también tiene la firma de otra persona. Esa otra persona es una especie de notario de "Motion Picture Distributors' Association" y da fe del proceso de cesión de explotación de los derechos.
Lo que es seguro es que la "Motion Picture Distributors' Association" no firmaría un certificado si quien otorga los derechos no es el dueño legítimo.
https://www.mundodvd.com/kiosko-y-dv...3/#post2911736
En los posts del 3051 al 3059 (marzo de 2013) debatíamos sobre ediciones piratas. Rantamplan, que entonces creía que continuaba vigente el procedimiento administrativo que a él le habían exigido en su etapa como editor, cuestionaba que esto pudiera estar sucediendo y aportaba con paciencia sus conocimientos sobre el asunto. Poco más tarde comprobó que aquel procedimiento se había simplificado hasta tal punto que, como dice PadreKarras, basta con declarar ante notario que un título es tuyo para obtener vía libre a su comercialización.
Última edición por Twist; 27/12/2015 a las 15:28
Por supuesto que Tiburón no será jamás un título "apetecible" para ellos. Sin embargo, lo de Halloween en Blu Ray me tiene intrigado. Cómo se les pudo pasar ni tan siquiera por la cabeza tratar de editar un título semejante a este? Es algo que no logro entender.
Vale. Llamada telefónica y se cancela edición. Pero... Ya estarías poniéndote en evidencia y poniendo en guardia al resto del personal. Creo que se les ha ido un poco de las manos.
Última edición por adrian.p; 27/12/2015 a las 17:41
Ahora me doy cuenta de que he leido comentarios de un usuario llamado REGIA defendiéndose alegando legalidad en la publicación de todas sus ediciones. Y me estoy dando cuenta de que REGIA son Lacasadelcineparatodos... ¿no? Con lo cual... alguien me podría aclarar si esto es así?
Gracias