RDL 1/2007 de 16 de noviembre.
Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
BOE 287 de 30/nov/07
Revisión vigente desde el 29/mar/14
Textualmente indica en su articulado entre otros lo siguiente:
Título IV - Garantía y servicio Post Venta
Capítulo II - Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor y usuario.
"El consumidor y usuario tiene derecho a la reparación del producto, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, de acuerdo con lo previsto en este título."
Capítulo III - Ejercicio de derechos por el consumidor y usuario.
"Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad."
Es más, también se indica que...
"La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
a) Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales."
Y la única salvedad a exigir una sustitución...
"g) El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano."
Saludos.